PDSU
En el ámbito de Castilla La Mancha, la evaluación ambiental de planes y programas se regirá por lo establecido en la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental que cumple los articulados de la Ley estatal básica 21/2013 de Evaluación Ambiental por la que se establece la obligación de someter a una adecuada evaluación ambiental a todo plan, programa o proyecto que pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente antes de su aprobación.
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De conformidad con la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de evaluación ambiental de Castilla-La Mancha y los artículos 34, 36 y 37 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo de 2010, el documento de Plan de Delimitación de Suelo Urbano de Valdenuño Fernández (acompañado del estudio ambiental estratégico) se somete a información pública por el plazo de 45 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Castilla La Mancha.
Durante todo el periodo de información, el proyecto diligenciado del Plan estará depositado, para su consulta pública, en el local del municipio afectado por la ordenación a establecer, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://valdenunofernandez.sedelectronica.es/ y web municipal https://www.valdenunofernandez.com/ para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.